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La credencial pertenece a los peregrinos, no a Santiago

27 marzo 2016 / Mundicamino

La Fraternidad Internacional del Camino de Santiago, en el encuentro mantenido este pasado fin de semana en Sarria y Samos, debatió sobre varios asuntos candentes que afectan a las rutas jacobeas, y las decisiones tomadas se recogieron en cinco conclusiones finales.

Una de ellas, que tomó por unanimidad de todos los asistentes, versó sobre las credenciales del peregrino. En este asunto, quedó clara la oposición a que solo tenga validez a partir del 1 de abril la que expide la Catedral de Santiago.

La credencial del peregrino pertenece a los peregrinos, cómo señal de identidad en el Camino de Santiago. En ese sentido, se ha conformado como parte del patrimonio inmaterial del propio Camino. A lo largo de la historia de la peregrinación este documento ha sido emitido por todo tipo de instituciones a modo de carta de presentación y también de protección del peregrino en el Camino, facilitando asimismo su acceso a los establecimientos de acogida. En los tiempos modernos han sido las asociaciones y cofradías jacobeas las encargadas de expedirlo, a veces a cambio de un donativo o a cambio de nada, informando, alentando y asesorando al peregrino antes de su viaje a Santiago. Las últimas resoluciones de la catedral de Santiago, en el sentido de admitir una única credencial, la suya propia, con validez para la obtención de la Compostela, va contra el propio sentido de esa credencial, un pasaporte en el Camino con sentido de ayuda y protección del peregrino que siempre se otorgó en origen, jamás en destino. Para muchos peregrinos deseosos de acceder a la ¿Compostela? estas trabas burocráticas del Cabildo de Santiago van en absoluto detrimento de su objetivo, trabas que, por otra parte, han causado el desaliento y el desconcierto absoluto en las organizaciones jacobeas que, con total altruismo, se dedican a expedir sus propias credenciales para extender al peregrino. Por tanto solicitamos del Cabildo de la S.A.M.I catedral de Santiago de Compostela que permita la edición y expedición de sus propias credenciales a las asociaciones, cofradías y entidades vinculadas al Camino y que ella sirva, en todo caso y siempre que cumplan las condiciones señaladas por el propio Cabildo, para obtener la Compostela. En ese orden también se solicita al Cabildo que señale las condiciones que deben cumplir esas credenciales.