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Restricciones a la movilidad en la Comarca de Amariña (Lugo); que afecta al tránsito de peregrinos en el Camino del Norte

09 julio 2020 / Mundicamino

La ORDEN de 5 de julio de 2020 por la que se establecen determinadas medidas de prevención, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19, en el artículo Tercero, punto 1.a, limita la entrada y salida de personas del ámbito territorial determinado por los ayuntamientos de Alfoz, Barreiros, Burela, Cervo, Foz, Lourenzá, Mondoñedo, Ourol, Ribadeo, Trabada, O Valadouro, O Vicedo, Viveiro y Xove, a partir de las 00.00 horas del día 6 de julio de 2020.

No obstante la anterior limitación, se podrá entrar y salir del ámbito territorial delimitado por las siguientes razones:

1º) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar la prestación laboral, profesional o empresarial, incluyendo el transporte, la prestación de servicios, el comercio y las actividades empresariales y económicas.

2º) Retorno al lugar de residencia habitual.

3º) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

4º) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

5º) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.

La limitación de entrada y salida del ámbito territorial delimitado no afectará a la circulación por autovías y otras vías de comunicación cuando se trate de movilidad con origen y destino fuera del mismo, siempre y cuando no comporte la movilidad fuera de estas vías.

De acuerdo con dicha ORDEN, queda restringida la movilidad en los Ayuntamientos de Barreiros, Lourenzá, Mondoñedo, Ribadeo y Trabada; que afecta al tránsito de peregrinos en el Camino del Norte en Galicia